De los contratantes, asegurados o beneficiarios
Presentamos esta información con objeto de llevarte de la mano antes y durante la contratación de tu Seguro Agropecuario. Si conoces bien tus derechos, podrás tener claro el alcance de tu seguro, evitarás imprevistos y obtendrás un mejor servicio.
Como contratante, asegurado y/o beneficiario, tienes derecho antes, durante y después de la contratación a:
Antes
Conocer los productos a fin de que puedas decidir la adquisición del seguro agrícola o pecuario que mejor se adapte a tus necesidades.
Solicitar a quien te ofrece el seguro se identifique con la Cédula que le otorga la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), o bien, sí es un empleado o apoderado de una persona moral que no pertenece al sector financiero, que muestre la certificación que le extiende la CNSF.
Durante
Conocer las condiciones generales del seguro contratado, el alcance de las coberturas, exclusiones, su funcionamiento y los motivos por los que se podrá conservar o dar por cancelado el Contrato de Seguro.
Solicitar por escrito información referente al importe de la comisión o compensación que recibe el intermediario que te ofrece el seguro, la cual podrá ser escrita o a través de medios electrónicos.
Después
En caso de que el contenido de la Póliza o sus modificaciones sean diferentes a la oferta, podrás pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 días posteriores al día que recibas la Póliza.
Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las condiciones de la Póliza o sus modificaciones. Saber que en el seguro agrícola toda indemnización que la Institución de Seguros pague, reduce en igual cantidad la suma asegurada, pero ésta puede ser reinstalada previa aceptación de la Institución de Seguros y a solicitud del asegurado, quien deberá pagar la prima correspondiente
En caso de siniestro tienes derecho a:
Recibir el pago de las prestaciones que conforme al Contrato de Seguro o Póliza celebrado resulten procedentes en función a la suma asegurada, aunque la prima no se encuentre pagada, siempre y cuando no se haya vencido el periodo de gracia para el pago de la misma. En este último supuesto, la Institución podrá compensar contra la indemnización el pago de la prima correspondiente.
Conocer el motivo de la improcedencia de una reclamación a través de una carta aclaratoria en la que te especifiquen los motivos del rechazo.
Cobrar una indemnización por mora a la aseguradora en caso de la falta de pago oportuno o retraso en el pago de la indemnización. Solicitar a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), la emisión de un dictamen técnico, si las partes no se sometieron a su arbitraje.
Avisos de Siniestro
En caso de siniestro, ponemos a tu disposición nuestro número telefónico 442 241 2388 y correo electrónico siniestros@tlalocseguros.com
En caso de duda, ponemos a tu disposición nuestro sitio web www.tlalocseguros.com, así como los números telefónicos de nuestras oficinas centrales:
Adicionalmente, si te es posible, puedes acudir en el mismo horario a nuestras oficinas ubicadas en: Av. Fray Luis de León No. 8071, Int. 610, Col Centro Sur, C.P. 76090, Santiago de Querétaro, Qro.
Aviso de privacidad
Para mayor información ponemos a tu disposición, nuestra página de internet: www.tlalocseguros.com/aviso-de-privacidad.php en donde podrás consultar el Aviso de Privacidad Integral, así como los mecanismos para hacer valer tus derechos.
Registro CNSF
“En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 05/11/2015, 14/02/2019, 16/11/2016, 24/04/2017 y 22/11/2017, con los números CNSF-S0123-0414-2015, BADI-S0123-0012-2019, CNSF- S0123-0905-2016, BADI-S0123-0021-2017 y BADI-S0123-0068-2017".